Plan de Autoprotección
El plan de Autoprotección o de emergencia supone un ejercicio teórico de preparación por adelantado a la posible ocurrencia de un caso de emergencia y que incluye medidas para reducir las potenciales consecuencias de los desastres naturales y que debe adaptarse al diferente nivel de riesgo alcanzado. Debe recoger con claridad las recomendaciones claras de cómo se debe actuar, la distribución de responsabilidades en el operativo y los grupos de actuación que puede ser necesarios movilizar.
El modo de desarrollar este Plan es objeto de la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias, dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. En esta norma se establecen los criterios esenciales, de carácter mínimo, para la regulación de la autoprotección, para la definición de las actividades a las que obliga, y para la elaboración, implantación de material efectivo y mantenimiento de la eficacia del Plan de Autoprotección.
Todo Plan de Autoprotección se compone de los siguientes capítulos:
- Identificación de los titulares y emplazamiento de la actividad.
- Descripción detallada de la actividad.
- Inventario, análisis y evaluación de riesgos.
- Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección.
- Programa de mantenimiento de instalaciones.
- Plan de actuación entre emergencias.
- Integración del Plan de Autoprotección en otros de ámbito superior.
- Implantación del Plan de Autoprotección.
- Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Autoprotección.
El estudio de los riesgos naturales cobra especial relevancia en los Capítulos 3 y 4; siendo indispensable en numerosos emplazamientos y actividades en la montaña.